Así consta en el auto, en el que la Sala de lo Penal inadmite la querella que fue presentada por la Asociación Pro Justicia siglo XXI, al no considerar que los hechos tengan una naturaleza delictiva.
Según este auto, el Tribunal Supremo inadmite a trámite la querella contra Monago a tenor del contenido del artículo 24.1 del Reglamento del Senado, que autoriza el pago con cargo al presupuesto de la Cámara de los gastos de viaje realizados de acuerdo con las normas que la Mesa en cada momento establezca.
"No pudiendo, en definitiva, afirmarse que tal actividad sea ajena a esta función pública, al tener una norma de cobertura", dicen.
Además, en el auto, el Tribunal Supremo ha advertido de que resulta "conveniente" establecer una regulación "suficientemente precisa" respecto a los viajes realizados por los parlamentarios para evitar "cualquier duda" que se suscite en el ámbito de la opinión pública sobre el correcto empleo de los fondos públicos y distinguiendo los desplazamientos oficiales de los privados.
Los magistrados destacan que resultaría conveniente regular de forma precisa esta materia con el fin de evitar toda "confusión" entre los viajes destinados por los diputados y senadores al cumplimiento de sus funciones oficiales y los desplazamientos privados. "Dado que la confianza de los ciudadanos en el buen