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Aprobada la ley extremeña de sanciones a locales por horarios y seguridad que cubre el ''vacío legal'' de la 'Ley Mordaza'

Aprobada la ley extremeña de sanciones a locales por horarios y seguridad que cubre el ''vacío legal'' de la 'Ley Mordaza'
28 Abril 2016 | 16:26 - Redacción

El Pleno de la Asamblea de Extremadura ha aprobado, con los votos a favor de PSOE, Podemos y Ciudadanos, y la abstención del PP, la ley autonómica para el establecimiento de un Régimen Sancionador en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que viene a cubrir el "vacío legal" dejado por la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como 'Ley Mordaza', que ha provocado la anulación de casi 500 multas por incumplimiento en el horario de cierre en esta comunidad.

   Los diputados extremeños han debatido y sometido a votación el texto definitivo que ha llegado al Pleno tras la incorporación en la correspondiente comisión de una serie de enmiendas presentadas por PSOE y Podemos al texto que se ha tomado como base, y que se corresponden con un decreto ley elaborado al final de la legislatura pasada por el Ejecutivo del PP, y que ha estado pendiente de su aprobación desde entonces.

   De hecho, tal y como ha señalado el diputado del PP Saturnino López Marroyo, Extremadura es la última comunidad en aprobar esta regulación para corregir el vacío normativo dejado por la 'Ley Mordaza'. Por el contrario, la diputada socialista María de los Ángeles Ugalde Ortiz ha reprochado la actitud "tibia" mostrada por los 'populares' extremeños al abstenerse en la aprobación de esta ley que considera necesaria para garantizar la convivencia entre la actividad empresarial y el descanso de los vecinos.

   La parlamentaria socialista ha señalado que la ley, con las enmiendas incorporadas en comisión, va encaminada a preservar la seguridad de las personas, ampliado el elenco de infracciones, relativas a cuestiones como las medidas de seguridad, como los relativos al aforo permitido, o el cumplimiento de los horarios de apertura y cierre, y asimismo establece medidas cautelares para los empresarios que sean sancionados.

   De esta forma, quienes incumplan las medidas impuestas no serán "premiados con el logro de seguir abriendo cuando se ha quebrantado la seguridad de las personas". Además, se ha establecido un criterio de proporcionalidad en la sanciones, graduando su importe en función del tiempo en el que se retrase el horario de cierre.

   De esta forma, se imponen sanciones que evitan que el infractor obtenga mayor beneficio pagando la multa que incumpliendo la norma, según Ugalde.

   Por su parte el diputado del PP Saturnino López Marroyo ha justificado la abstención de su grupo alegando que está a la espera de conocer el contenido de la ley integral de espectáculos, que planteará un "enfoque más amplio" para establecer una regulación genérica para toda las actividades recreativas en la comunidad autónoma y para agrupar toda la regulación existentes en la materia.

   En cualquier caso, ha remarcado que coincide en la necesidad de cubrir el "vacío legal" dejado por la Ley Seguridad Ciudadana, en la que desaparece el régimen de sanciones, pero ha remarcado que Extremadura sea la última comunidad en legislar en la materia, al considerar que el parlamento extremeño "no ha hecho los deberes".

   El diputado de Podemos Daniel Hierro ha hecho hincapié en que el Gobierno del PP se apresuró en aprobar su ley de seguridad con el fin de "amordazar a los colectivos sociales" que protestaban contra su política económica y social, y que solo así se entiende que dejara sin efecto el régimen sancionador a espectáculos públicos y actividades recreativas.

   A su vez, la diputada de Ciudadanos María Victoria Domínguez ha apoyado también la ley extremeña que, según ha destacado, no contempla un "mero régimen de sanciones", sino que además posibilita la actuación en la materia tanto de la administración regional como de la municipal.

SANCIONES

   Las infracciones administrativas determinadas en la ley contemplan sanciones de entre 30.050,62 y 60.101,21 euros para las infracciones muy graves, de entre 300,52 y 30.050,61 euros para las infracciones graves, y de hasta 300,51 euros para las infracciones leves.

   Asimismo, se contempla la suspensión temporal de las licencias o autorizaciones desde seis meses y un día a dos años por infracciones muy graves, y hasta seis meses por infracciones graves.

   Además, para evitar que una infracción pueda resultar beneficiosa para el infractor, la cuantía de las sanciones establecidas podrá ser incrementada hasta el doble del valor del beneficio derivado de su comisión, sin aplicarse, para tal caso los límites cuantitativos máximos fijados.

   Las sanciones por infracciones leves prescribirán al año, por infracciones graves a los dos años y por infracciones muy graves a los cuatro años.

   En cuanto a la suspensión temporal de las licencias, para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la suspensión temporal de hasta un mes; el grado medio de entre un mes y un día a tres meses, y el grado máximo de entre tres meses y un día hasta seis meses.

   Para las infracciones muy graves, el grado mínimo comprenderá la suspensión temporal de entre seis meses y un día a 9 meses; el grado medio de entre nueves meses y un día a un año y seis meses, y el grado máximo de entre un año, seis meses y un día a dos años.

   También se establece graduación para las multas, de modo que para las infracciones leves, el grado mínimo comprenderá la multa económica de hasta 100,00 euros; el grado medio de entre 100,01 y 200,00 euros, y el grado máximo de entre 200,01 y 300,51 euros.

   Para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de entre 300,52 euros y 6.000 euros; el grado medio de entre 6.000,01 y 20.000,00 euros, y el grado máximo de entre 20.000,01 y 30.050,61 euros.

   En el caso de las muy graves, el grado mínimo comprenderá la multa de entre 30.050,62 euros y 40.067,44 euros; el grado medio de entre 40.067,45 y 50.084,34 euros, y el grado máximo de entre 50.084,35 y 60.101,21 euros.


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